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Cuando no gusta la noticia se mata al mensajero - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Sábado 05 de marzo de 2022

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Sábado 05 de marzo de 2022
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EDITORIAL
Cuando no gusta la noticia se mata al mensajero
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Picadas
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En Potosí
Emprendimiento hecho por orureños se traduce en agencia de boletaje
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Editorial y opiniones

EDITORIAL

Cuando no gusta la noticia se mata al mensajero

05 mar 2022

Como el presentado líneas arriba, ha habido otros casos similares en que se exige a un medio a revelar su fuente, en lugar de indagar sobre los hechos denunciados, para limpiar la imagen de la institución judicial, tan venida a menos en Bolivia, pero obviamente es como incitar a la comisión de un delito al exigir al medio la revelación de su fuente

La del epígrafe es una frase que se usa para significar el acto de culpar a una persona que trae malas noticias en vez del autor de las mismas, el problema es que matando al mensajero la noticia no cambia.

Este es más o menos el panorama que se presenta cuando un juez de Santa Cruz, amenazó al diario Página Siete con un proceso judicial si no revela su fuente de una publicación en la que se denuncia la corrupción que parte en la Escuela de Jueces, donde se cobra 3.000 a 15 o 20.000 dólares para asumir un cargo; en lugar de investigar las mencionadas denuncias.

En la nota enviada al diario paceño además se le conmina a retractarse de la denuncia, sin embargo, no corresponde hacerlo porque no es un error cometido por el medio, sino que es una denuncia realizada por personas, cuya situación fue verificada por periodistas, por lo que no dio lugar a dudas, sin embargo, las fuentes pidieron el anonimato, e ir contra el secreto de la fuente es cometer un delito según la Ley de Imprenta, vigente en el país.

Página Siete no puede revelar los nombres de estas fuentes, amparado en los artículos 8 y 9 de la Ley de Imprenta. Art. 8: “El secreto en materia de imprenta es inviolable”, y el Art. 9 menciona: “El editor o impresor que revela a una autoridad política o a un particular el secreto anónimo, sin requerimiento del juez competente, es responsable, como delincuente, contra la fe pública, conforme al Código Penal”.

Otro detalle que no suele tomarse en cuenta, es que no cualquier juez es competente para ver los casos relacionados a la Ley de Imprenta, debe ser alguien preparado para dicho fin y tener un tribunal de imprenta para que el caso sea juzgado como corresponde.

En todo caso, los denunciantes pidieron el anonimato por temor a las represalias de jueces, como Edil Robles Lijeron, que conminó al diario paceño a revelar los nombres de los denunciantes en lugar de ordenar una investigación por corrupción, a la Escuela de Jueces, quizás también los jueces “competentes” deban comprometerse a no perjudicar a los denunciantes.

La Asociación Nacional de la Prensa, ANP, se pronunció en defensa de su afiliado Página Siete, en sentido de que hostigar a los medios para que revelen su fuente es un atentado a la libertad de prensa, de expresión y también pone en peligro a la democracia.

Como el presentado líneas arriba, ha habido otros casos similares en que se exige a un medio a revelar su fuente, en lugar de indagar sobre los hechos denunciados, para limpiar la imagen de la institución judicial, tan venida a menos en Bolivia, pero obviamente es como incitar a la comisión de un delito al exigir al medio la revelación de su fuente.

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