Los anuncios de un incremento al básico de los “servidores públicos” ojalá marquen un giro en la política salarial del Gobierno, tras sumar, al inicio de la gestión de Evo Morales, a la discriminación tradicional - sin derecho a sindicalizarse, ni a la estabilidad laboral– y a los descuentos “libremente obligados”, la polémica decisión de colocar el sueldo del Presidente como tope de los salarios del sector público.
Probablemente habían buenas intenciones: convertir solidariamente el ahorro en nuevos ítems de salud y educación. Sin embargo, de buenas intenciones está pavimentado el camino al Infierno; camino que, por lo visto y debido a su buen estado, no fue obra de OAS.
Creo que al menos tres aspectos deberían ser corregidos.
En primer lugar, el monto del tope salarial debería estar vinculado al salario mínimo nacional - por ejemplo 20 salarios mínimos - de modo que todos los servidores públicos, sin excepción, se beneficien de los incrementos. Por cierto, algunas empresas públicas, como YPFB, ya han “perforado” esa disposición (¡lo único que han perforado!), mientras que profesionales valiosos se han visto obligados a migrar a la empresa privada. ¡Vaya manera original de fortalecer al Estado!
El segundo aspecto criticable es la ejecución “punitiva” de la medida del año 2006: de la noche a la mañana, muchos “servidores”, culpables de tener profesión y antigüedad en el servicio al Estado fueron puestos ante la disyuntiva de aceptar la rebaja o retirarse del cargo. ¡Cómo no quisieran tener el privilegio de rebajar sueldos impunemente algunas empresas privadas en crisis, obligadas por ley a tratar a sus dependientes como personas y no como sirvientes! Para colmo, el superministerio de Finanzas se negó a reconocer los beneficios sociales por el monto de la rebaja, lo que representó un robo descarado. Aquellos que acudieron a la justicia chocaron contra el muro del terror que el Estado “fuerte” (sinónimo de “prepotente con los débiles y dócil con los poderosos”) suele infundir.
Pero las “superluchadas” (dignas de pasar a la historia junto a las más famosas “evadas” y “choquehuancadas”) no se quedan ahí. El celante Ministerio de marras interpretó la medida de que ningún servidor público “puede” tener un “salario” mayor que el del Presidente, como que nadie “debe” tener “ingresos” del TGN mayores al “salario” del Presidente, (ojo, no a los “ingresos”, en dinero y en especies, que toda autoridad percibe).
Aprobada en ese sentido la Ley Financial (¿se puede pedir a los Asambleístas algo más que el deporte corporativo de la levantada de mano?), acto seguido empezó la caza a los rentistas que reciben un ingreso del Senasir. Se trata de un abuso porque las rentas de jubilación son un derecho adquirido mediante ahorros a lo largo de toda una vida y no una remuneración por un servicio prestado, como es el salario. Consecuentemente, se ha generado un caos salarial en las instituciones públicas que han sido conminadas, bajo chantaje, a rebajar ulteriormente los salarios, como en el caso de los sarcásticamente llamados “derechohabientes”. Se podría cuestionar la constitucionalidad de esa disposición, pero, mientras las sentencias del TCP se sujeten a la ley de caída libre de las hojas de coca, es preferible resignarse.
Finalmente, aunque la lógica no sea parte del proceso de cambio, si de sumar todos los “ingresos” del TGN se trata, pregunto: ¿por qué no se apuntan los ojos también hacia los ministros que no descargan la totalidad de sus viáticos? ¿Acaso, según ese criterio, esos saldos no son “ingresos” del TGN?
(*) Es Físico y “derechohabiente”
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