Sábado 24 de abril de 2021

ver hoy


















Editorial y opiniones
Editorial
Fuera de lugar
24 abr 2021
En todo caso, los medios de comunicación conminados a entregar información acerca de sus trabajadores podrán declinar competencia, también, mediante sus representantes legales o abogados defensores, demostrar que no existe materia justiciable en este caso, pues ante la evidencia que se presentó para llevar a Torrico a prisión no se puede señalar que hubo injurias, calumnias o difamación de parte de los periodistas
Se puede señalar como fuera de lugar el fallo de la jueza que requirió a 13 medios de comunicación, a pedido del prisionero abogado Jhasmani Torrico, información de sus trabajadores para procesarlos por difamación, calumnia e injuria, medida que fue rechazada por la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Cochabamba, Fstpc.
En primer lugar, quien requiere a los periodistas alguna información debe ser un juez competente, es decir, debe estar especializado en la materia de imprenta, quien los llevará ante un tribunal de imprenta, para que sean sus jurados los que determinen si se cometió delito o no, pero las autoridades municipales son quienes deben formar dicho tribunal.
En segundo lugar, el juez puede solicitar información acerca de las publicaciones realizadas en algún medio de comunicación, copias de las mismas, pero no puede solicitar información de los trabajadores del medio, en todo caso, se hacen responsables de las publicaciones los directores o editores de dichos medios.
No se puede iniciar un proceso penal a un periodista a menos que se trate de una publicación firmada con su nombre y apellido, por lo general, los hombres y mujeres de prensa escriben las noticias sin firmarlas porque no se trata de opiniones personales sino del relato de los hechos observados.