Viernes 23 de abril de 2021

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El uso de la tierra en la actividad minera es ineludible, correspondiendo a una serie de instancias naturales, de acuerdo a la ubicación de yacimientos mineros que por supuesto están ubicados en el interior de serranías, pero también a ras del suelo en sectores que han sido identificados como mineralizados y que poseen permisos regulares para su explotación, pues se trata de la alternativa a la que tienen derecho los actores de la minería, previo cumplimiento de ciertos requisitos que garantizan el cuidado del medio ambiente y posibles factores de contaminación. Lo evidente es que la minería tiene opción directa para explotar áreas mineralizadas, de lo contrario ese importante sector productivo no tendría razón de ser.
Se observa que el caso minero no siempre debe estar ubicado en el interior de profundos socavones, como solía disponerse en otros tiempos; los cambios y aplicación de moderna tecnología permiten desde hace tiempo la actividad minera en el exterior de serranías, pero también en la superficie de terrenos cuya composición es comprobadamente mineralizada. En todo caso se disponen de una serie de medidas de control del uso correcto de la tierra para fines mineros, generalmente por determinados periodos y bajo compromisos de respeto a las normas de la Ley de Medio Ambiente.