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Bolivia - Nacional
Decreto 4481
Medidas estrictas para viajeros extranjeros que quieran ingresar al país
02 abr 2021
Fuente: LA PATRIA
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Portar una certificación que dé constancia de resultado negativo en prueba RT-PCR es la primera y principal medida, para los extranjeros y los mismos bolivianos, mayores de cinco años, que tengan la intención de ingresar al país.
En el Artículo tercero del Decreto Supremo 4481, que se dio a conocer el jueves, indica que hasta 72 horas antes de su embarque en el país de origen, las personas nacionales o extranjeras, deben portar su respectivo certificado con resultado negativo.
En el inciso b) del mismo artículo, se establece el aislamiento de los viajeros de al menos por diez días luego de su ingreso a territorio boliviano, mismo que será controlado y monitoreado de acuerdo a la normativa vigente del Ministerio de Salud y Deportes.
Otra de las indicaciones, escritas en el inciso c), es que la persona ingresante, debe presentar una declaración jurada del lugar de estadía en el territorio boliviano.
Consecutivamente, el inciso d) dictamina realizar la toma de muestras para la prueba RT-PCR al séptimo día de aislamiento, el costo de la misma deberá ser cubierto por el pasajero; en caso de ser positivo el resultado, los encargados procederán con el protocolo correspondiente.
Fuente: LA PATRIA