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La pandemia anula los contratos aéreos - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Lunes 29 de marzo de 2021

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Editorial y opiniones

La pandemia anula los contratos aéreos

29 mar 2021

Por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas (*)

En un exitoso posgrado de Derecho Aeronáutico celebrado en la prestigiosa UMSA, interactuábamos con los profesionales estudiantes sobre la seguridad que representa para el usuario el contrato de transporte aéreo; no imaginábamos la irrupción próxima del Covid-19.

Igualmente se explicó con detallada precisión e intelección jurídica la Fuerza Mayor y el Caso Fortuito, que tiene derivaciones directas con la responsabilidad en sus diferentes grados. Hoy estas seguridades de cumplimiento del transporte aéreo han quedado anuladas debido a que la línea aérea no está obligada al cumplimiento del contrato, pues ahora es usual que los gobiernos, para proteger a sus ciudadanos, prohíban vuelos o no lo hacen cerrando sus espacios aéreos.

Los profesionales que se especializaban en el posgrado de Derecho Aeronáutico asentían que la teoría del Derecho se entiende como hechos del príncipe o el soberano a toda intervención de los poderes públicos que afectan las condiciones jurídicas o de hecho de un contrato; se exigen que revistan carácter de actos generales o abstractos. Hoy, analizamos, obligados por la pandemia, los matices de ambos institutos, es decir, del contrato de transporte aéreo y de la Fuerza mayor y el Caso Fortuito, en ambos casos se frustra el negocio jurídico.

El lector que es un potencial usuario infiere y está en lo correcto, que la pandemia ha exonerado a priori, totalmente a las aerolíneas de daños y perjuicios por incumplimiento total o parcial que se pueden ocasionar. Sólo, debido a que la otra parte es el pasajero, se le habilita, dada la inejecución del contrato, al reembolso o reintegro del billete de pasaje, y a nada más.

Otras disyuntivas a solucionar inmediatamente que se presentan a causa del Covid-19 son las reformas en el negocio de los aeropuertos, pues la inevitable y drástica caída del volumen de pasajeros estructura un gran impacto negativo en las aerolíneas, aeropuertos y también en los proveedores. Ahora imaginativamente, ante este estrago sanitario, se deben asumir medidas también de impacto trasuntadas en la rebaja drástica de las tasas por uso de aeropuertos, los alquileres por espacios y utilización del espacio aéreo de Bolivia que requieran las aerolíneas.

Se debería mensurar conscientemente la gravedad de la pandemia y, antes de despedir a un porcentaje de empleados, es altamente recomendable para mantener esos puestos activos y asegurar el presupuesto de manutención en sus hogares, reducir los salarios a un límite de abstención de muchos elementos que se podían adquirir en tiempos normales, pero que permitan la subsistencia.

Fundamentalmente importante es la reacción y acción de las administradoras de aeropuertos que deberían reducir sus ingresos al mínimo rentable para subsistir y capear exitosamente y con sacrificio obligado esa pandemia.

Estas acciones de sacrificio mutuo acarrearán estabilidad en los puestos de trabajo y evitarán el colapso en las administradoras de aeropuertos. Debe inferirse fácilmente que, con una reducción de drástica de las tasas de aeropuertos, alquileres y otros se atraerá a más líneas aéreas en las operaciones en Bolivia, principal objetivo de las autoridades aeronáuticas diligentes, debido a que se pronostica que el tráfico aún pueda estar cerca o por debajo de un 40% de lo acostumbrado, hasta fin de año.

(*) Es abogado, posgrados en Derecho Aeronáutico, Filosofía y Ciencia Política, Arbitraje y Conciliación, Docencia en Educación Superior. Interculturalidad y Educación Superior, Alta Gerencia para abogados, doctor honoris causa en Humanidades

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