Se plantea más años de cárcel en Ley de Seguridad Ciudadana
05 abr 2012
Fuente: La Paz, 4 (ANF).-
El ministro de Gobierno, Carlos Romero, informó que se envió este miércoles a la Asamblea Legislativa, el ante proyecto de ley de seguridad ciudadana, el cual plantea incrementar las penas establecidas en el Código de Procedimiento Penal, como una forma de sancionar a los delincuentes y acabar con la ola de atracos que se incrementó en las principales ciudades del país.
Explicó que los planes de seguridad ciudadana se solventaran con el financiamiento del 10 por ciento de recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) provenientes de los gobiernos autónomos.
El anteproyecto propone la reclusión de tres a cinco años, si el hecho se perpetrare empleando violencia, o, intimidación en las personas, o, fuerza en las cosas, la sanción será de reclusión de cinco a ocho años.
En caso de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidentes de tránsito se establece la reclusión de uno a tres años. Si el hecho se produjera estando el autor bajo la dependencia de alcohol o estupefacientes, la pena será de reclusión de cinco a ocho años y se impondrá al autor del hecho, inhabilitación para conducir de forma definitiva.
En caso de violación, se establece la privación de libertad de cinco a quince años, en los siguientes casos:
Si se hubiere empleado violencia física o intimidación. Si la persona ofendida fuere una enajenada mental o estuviere incapacitada por cualquier otra causa para resistir.
Si la violación fuere de persona menos que no ha llegado a la edad de la pubertad, el hecho se sancionará con la pena de quince a veinticinco años de presidio; y si como consecuencia el hecho se produjere la muerte de la víctima, se aplicará la pena correspondiente al asesinato.
Organizaciones sociales de la ciudad de El Alto exigían meses atrás la implementación de la “pena de muerte”, como una forma de castigar a quienes cometen delitos de atracos y asesinatos, lo cual no tuvo aceptación en la esfera gubernamental pues iría en contra de la Constitución Política del estado (CPE).
El Comando General de la Policía Nacional, en función al índice de delincuencia, realizará la distribución de funcionarios policiales en capitales de departamento y provincias del territorio nacional
Las empresas prestadoras de servicios públicos, las entidades financieras bancarias, las entidades públicas y los centros de esparcimiento público o privado con acceso masivo de personas deberán instalar en sus dependencias sistemas de cámaras de seguridad y monitoreo electrónico.
El Ministerio de Gobierno y/o la Policía Boliviana suscribirán convenios con las empresas y cooperativas telefónicas para contar con redes de cableado para el funcionamiento de las cámaras de seguridad electrónica.
En el plazo de diez (10) días calendario, computables a partir de la publicación de la presente Ley, aprobará el Reglamento para la Implementación de la Tarjeta de Identificación del Conductor y el Registro de Minibuses, Taxis y Radio Taxis.
El Ministerio de Gobierno, en el plazo de sesenta (60) días calendario, implementará una central telefónica, a través de la que los estantes y habitantes del país podrán solicitar la remisión, a costo del solicitante, del servicio de radio taxi, vehículo que será conducido por una persona legalmente registrada por la empresa de radio taxi, que cumpla con los requisitos que establezca el Ministerio de Gobierno mediante reglamento.
El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana está constituida por el Ministerio de Gobierno, las Entidades Territoriales Autónomas, la Comisión Interministerial de Seguridad Ciudadana, el Consejo de Coordinación Sectorial de Seguridad Ciudadana, los Consejos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario Campesinas de Seguridad Ciudadana.
Fuente: La Paz, 4 (ANF).-
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