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La justicia debe ser precisa y perfectible constantemente - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Jueves 19 de noviembre de 2020

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Editorial y opiniones

La justicia debe ser precisa y perfectible constantemente

19 nov 2020

Fuente: Por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas (*)

La justicia es el Talón de Aquiles en todas las sociedades que se rigen por ordenamientos jurídicos. Se sigue tolerando esta situación anómala que desestabiliza la armonía y la paz, pues sociedad en la cual no se imparte justicia con equidad, se permite la intromisión política y un profundo estudio para cada caso, es una que puede tornar su actitud de impotencia ante la ausencia de justicia en desobediencia, rebelión y una diáfana y legítima exigencia de transformación de la justicia.

Este endémico problema mundial, fundamentalmente, tiene su inequívoco sustrato en la deficiente formación jurídica y moral de los jueces, amén de los abogados, los cuales, por no haber estudiado con disciplina e intelección estoica el Derecho, acuden a la prebenda y al soborno para obtener sentencias favorables; acción deplorable y destructora de las virtudes y los valores que es asentida por los jueces.

Lo expresado es un trasunto de su no saber hacer en su profesión, siendo más cómodo seguir esa senda ilícita que formarse y utilizar esos valiosos conocimientos, aprehendidos con esfuerzo de miles de horas de estudio para vencer en los estrados judiciales sólo con argumentos irrefutables en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente.

Los pueblos se ilusionan quiméricamente cuando tras cambios de conducción de gobierno el responsable de la justicia afirma que habrá justicia para todos, pero no especifica cómo; usualmente son enunciados sin estructura de cambios sensibles para concretarlos en mejoras fehacientes de la justicia.

Así en la ciencia experimental que se basa en las medidas, obtener éstas presentan una consistente dificultad, pues ninguna magnitud física es conocida con rigurosa exactitud. Como ejemplo citamos que es imposible hallar dos metros iguales; sólo puede conseguirse, a cambio de mucho trabajo, en cuánto difiere un metro del otro tomado como tipo o paradigma.

La precisión absoluta puede ser que no se obtenga nunca, debido a que no se conoce con certeza el valor de una magnitud física o química o como se citó en otro artículo, sabemos medir el grado de nuestra imprecisión, que es indicar dentro de qué limites están comprendidos los errores.

Por la misma razón, en la justicia existen medios y sistemas para aproximarse a la verdad a través de la interpretación de los hechos que deben ser subsumidos a un artículo de un código que determina la pena. Empero, este trabajo, intelectivo por excelencia, requiere de práctica y formación para encarar esta difícil fase y es retaceado u omitido por los jueces pues insume innumerables horas de análisis de los hechos haciéndolos pasar por cada una de las fases del sistema de interpretación. Ante el hecho de no conocer las fases de la interpretación aspirar a una sentencia justa de un juez es como pedir peras al olmo.

Juez que no conoce y no practica las fases de la interpretación es imposible que derive un caso en una justa sentencia pues ha omitido lo fundamental y simplemente aplica el artículo del código sin el trabajo intelectivo, difícil, por cierto, pero muy motivante para un profesional que aspira a aproximarse a la verdad y propende a escalar escaños en su profesión por su insobornable moral.

Y ¿Por qué escribo aproximarse? Porque la verdad absoluta entre los humanos no existe, sin embargo, aproximarse a la verdad por medios intelectivos es crear justicia que será aceptada tanto por el demandante como por el demandado, clímax de finalización satisfactoria de todo contencioso y aspiración de conciencia moral de todo buen juez.

¿Cómo puede controlarse si el juez realizó un extenso trabajo intelectivo de interpretación antes de dictar la sentencia? Una sugerencia es que en la fundamentación de la sentencia que es exponer las razones que motivan la misma, el juez deba explicar a los abogados del demandante y demandado que todos los hechos que conforman la demanda y la contrademanda, si la hubiere, han sido analizados por el sistema establecido de interpretación y las razones que exponga el juez en su sentencia escrita reflejarán inequívocamente que se desarrolló fase por fase ese arduo trabajo intelectivo.

(*) Es abogado, posgrados en Arbitraje y Conciliación (Especialidad), Alta Gerencia para abogados (UCB-Harvard), Interculturalidad y Educación Superior) Facultad de posgrado, Derecho-UMSA) Filosofía y Ciencia Política (Maestría-Cides-UMSA), Derecho Aeronáutico (Instituto Iberoamericano de Derecho Aeronáutico, del Espacio y de la Aviación Comercial, Madrid), doctor honoris causa en HUMANIDADES (IWA-Cambridge University, USA)

Fuente: Por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas (*)
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