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Está prohibido asentamiento comercial en puertas de recintos en la jornada electoral - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Miercoles 07 de octubre de 2020

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Oruro - Regional

Está prohibido asentamiento comercial en puertas de recintos en la jornada electoral

07 oct 2020

Fuente: LA PATRIA

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En la jornada del 18 de octubre están prohibidos los asentamientos comerciales en puertas de los recintos electorales, con el fin de evitar aglomeraciones y posibles contagios de Covid-19, éstos pueden hacerse en un perímetro de 100 metros de los puntos de votación, cumpliendo estrictas medidas de bioseguridad.

El Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, emanó el Decreto Municipal 158 que dispone la restricción de actividades comerciales usuales en este tipo de fechas, de 07:00 a 18:00 horas, a un radio de 100 metros de los 116 recintos electorales con los que contará la ciudad el 18 de octubre.

“Cuando teníamos un acto electoral era común ver frente a los colegios o recintos electorales cómo se agrupaban sectores de comercio, de alimentos, como quiera que este es un evento electoral vinculado a un elemento trascendental que es la salubridad pública es por eso que en ese artículo establecemos que las actividades deben estar en un radio de 100 metros alrededor del recinto electoral, no se va permitir que puedan estar frente o cerca al recinto”, explicó el secretario general del Municipio, Marcelo Cortez.

El Decreto además establece otras obligaciones para los comerciantes, quienes deben mantener un espacio físico de dos metros de un puesto a otro, distanciamiento mínimo de un metro y medio entre el vendedor y el comprador, toda venta debe ser para llevar, no puede haber gente consumiendo alimentos en el lugar de la actividad económica.

Deben cumplir con protocolos de bioseguridad e higiene, tal el caso del barbijo, guantes de látex, gorro, además de otros insumos de limpieza y desinfección para garantizar la salubridad de sus productos.

Los ciudadanos votantes deben cumplir de forma imperativa con el uso obligatorio de barbijo, contar con alcohol en gel, en lo posible portar con su propio bolígrafo para emitir su voto, además deben respetar el distanciamiento físico.

“Quienes infrinjan estas disposiciones vinculadas con el ámbito de bioseguridad serán sancionados, primeramente con una multa conforme a disposiciones anteriores, y en caso de comerciantes con el decomiso de mercadería, así como la cancelación de la autorización de funcionamiento”, finalizó Cortez.

Fuente: LA PATRIA
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