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Domingo 02 de agosto de 2020

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Editorial y opiniones

Abstención y ausentismo electoral

02 ago 2020

Fuente: Por: Ramiro Siles Velasco

Una de las formas de ejercer la democracia está basada en el principio de representación participativa a través de elección de representantes políticos mediante voto directo, secreto, libre y transparente, los que tomarán decisiones y gobernarán en representación del pueblo. La democracia es una forma de gobierno basado en la representación y en la responsabilidad social que ejercen los ciudadanos, mayores de edad que, a través del voto, eligen a sus representantes políticos y responsables de tomar un conjunto de decisiones importantes para la sociedad en general. Los países con sistemas de gobiernos democráticos se basan en un principio constitucional. Es decir, cuentan con una Constitución Nacional en la cual se encuentran redactadas las bases del sistema político, económico, social y cultural de una nación. En ésta se establecen las garantías de la democracia, los deberes y derechos fundamentales, y los principios de igualdad, equidad y alternancia.

En un régimen democrático, la participación activa de los ciudadanos es fundamental para mantener el funcionamiento de sus principales instituciones. Dependerá del interés efectivo que tengan los ciudadanos sobre los asuntos públicos para que dicho interés se traduzca en actos de participación política, que se pude definir como acciones que realizan los ciudadanos para incidir en diferentes grados en los asuntos del Estado, que es la suma de todas aquellas actividades voluntarias mediante las cuales los miembros de una sociedad intervienen de una manera directa o indirecta en la formación o construcción de las políticas de gobierno, está ligado intrínsecamente al ejercicio de la democracia legítima que necesita de la participación política como posibilidad que tienen los ciudadanos de incidir en el curso de los acontecimientos políticos.

Por esta razón es importante la concurrencia de los ciudadanos a las urnas con el objetivo de elegir al gobierno, a los representantes del parlamento, autoridades regionales y municipales, que es considerada como la acción de participación política más significativa en las actuales sociedades democráticas.

La participación electoral, dentro de un marco democrático, es una de las características constitutivas del sistema que adquiere un carácter de compromiso y deber ciudadano. La No participación activa del ciudadano en un proceso electoral se denomina abstencionismo electoral, definido como “un no hacer o no obrar” que normalmente no produce efecto jurídico alguno, aunque en ocasiones puede ser considerada como la exteriorización de una determinada voluntad que debe ser tomada a en cuenta por el Derecho.

Aun cuando en los regímenes democráticos se asocia a la ciudadanía, a un deber cívico o moral de votar, que en algunos ordenamientos se convierte en deber jurídico, el abstencionismo electoral aparece con el sufragio mismo. Consiste simplemente en la no participación en el acto de votar de quienes tienen derecho a ello. El abstencionismo electoral, que se enmarca en el fenómeno más amplio de la apatía participativa, es un indicador de la participación: muestra el porcentaje de los no votantes sobre el total de los que tienen derecho al voto.

En el abstencionismo electoral no se ejerce un derecho —el de votar— no obstante a estar habilitado o calificado para hacerlo, construye una distancia de las urnas de manera voluntaria, quien lo practica lo hace de manera consciente, es una actitud o comportamiento voluntario del elector que no desea sufragar, por diversas razones.

En países donde es obligatoria la participación en procesos electorales la abstención se demuestra por la votación nula o en blanco, que se manifiesta entre otras causas por a) Descrédito de las agrupaciones políticas b) Corrupción desmedida y repudio al deficiente desempeño en partidos políticos en función de gobierno c) Rechazo a la oferta de las candidaturas en competencia d) Percepción de fraude y desconfianza, en el proceso electoral, derivada de acciones recientes.

Si bien es frecuente encontrar que el término abstencionismo se emplea de manera alternativa como sinónimo de ausentismo, en realidad no son iguales en razón de que este último se define en “la No presencia o asistencia involuntaria al centro de votación, no obstante a estar habilitado”. Este comportamiento se presenta por a) Internación repentina en centros hospitalarios o clínicas por delicado extremo de salud b) Desembarazo inesperado en el caso de mujeres embarazadas c) Cambio de domicilio a otra región lejana no registrada en el Padrón Electoral d) Detención preventiva e imprevista en centros de reclusión por delitos penales f) Temor, desconfianza y molestia para desplazarse a los centros de votación, donde existiría posibilidades de contraer contagios del Covid–19 sobre todo cuando no existen condiciones y facilidades que eviten la propagación del virus y por consiguiente el incremento del contagio.

Deseo centrar mi atención en este último inciso –de reciente data-, referida al ausentismo de los ciudadanos en la participación y asistencia a un proceso electoral debido al temor de contraer esta enfermedad, por la expansión de este virus que pone en riesgo la vida de todos los ciudadanos, con el incremento alarmante de infectados y decesos que se produciría una vez concluido el proceso eleccionario. El mayor porcentaje de ausentismo producirá la elección de candidatos con un mínimo de votos alcanzados consiguiendo el descontento y desconfianza de la ciudanía porque el ganador no tendría la legitimidad que se requiere para gobernar con libertad y fortaleza. Por esta razón es importante organizar el proceso eleccionario cuando se encuentren establecidos los mínimos porcentajes de contagio, lograr la máxima participación de ciudadanos, incluidos los adultos mayores, evitando la vulneración de los derechos fundamentales y políticos establecidos en la declaración universal de derechos humanos, la Constitución Política y las leyes.

Asimismo se conseguirá la participación de las diferentes delegaciones de observadores electorales de organismos internacionales como la organización de Estados Americanos (OEA), Naciones Unidas (NN.UU.), Comunidad Europea (CE), mayor participación de residentes en el exterior, en razón de que en esos países paulatinamente por el menor número de infectados se encuentran ingresando en la normalidad. Es indudable la necesidad de contar con un presidente legalmente constituido y constitucionalmente elegido en las urnas para la administración del Estado, pero es más importante velar por la salud de las personas en apego al Artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dice: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

Fuente: Por: Ramiro Siles Velasco
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