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Domingo 24 de mayo de 2020

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Oruro - Regional

Empresas en riesgo de extinguirse si deben pagar por empleados que fallezcan de Covid-19

24 may 2020

Fuente: LA PATRIA

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Las empresas orureñas en muchos casos podrían extinguirse si se aplicarían disposiciones gubernamentales, referidas a los empleados que se enfermen o fallezcan de Covid-19, así lo manifestó el expresidente de la Federación de Empresarios Privados de Oruro (FEPO), Germán Rioja.

Según Rioja, no se analizó de forma adecuada la disposición que indica que los empleadores deben hacerse cargo de la internación si sus trabajadores se contagian de coronavirus, siendo aún peor el hecho de que deban pagar 24 salarios a las familias en caso que fallezcan con esta enfermedad, que en criterio de varias instancias representativas del empresariado, es muy subjetivo determinar dónde y cuándo una persona se contagió.

"Realmente la normativa que sacó el Gobierno mediante una de sus instancias, que afecta al sector privado, que indica que si existe un trabajador de cualquier rubro, ya sea construcción, comercio, industria y otros, es el empleador que debe pagar 24 salarios algo que es insostenible para muchos emprendimientos que en muchos casos van a determinar no volver a operar y van a terminar cerrando sus negocios", sostuvo.

Manifestó que en el caso específico de Oruro, las empresas no son grandes, la mayor parte de los empresarios son dueños de micro y medianas empresas, por lo que su capacidad para asumir esta obligación no estaría acorde a lo que fija el Gobierno Nacional, más aún cuando hablar del contagio implica diferentes aristas y responden a una realidad diferente, pues si bien se aplicarían las medidas de bioseguridad en el trabajo, una vez que el empleado salga puede contagiarse en cualquier otro sitio o actividad, pues la característica de la pandemia es que el paciente puede ser asintomático.

Indicó que las autoridades departamentales y municipales, deben asumir esta situación con seriedad, pues a su vez implica que si las empresas van a cerrar o no reactivarse por estas condicionantes, implicará que decenas de personas se queden sin fuentes de empleo, algo que ya está sucediendo y que se agravaría.

NORMATIVA

La Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss) emitió un instructivo que expresa que debe emitirse un certificado de incapacidad temporal por coronavirus y un certificado por incapacidad temporal por enfermedad común cuando la exposición o infección por Covid-19 tenga un carácter súbito y violento que no sea consecuencia del trabajo y no tenga relación directa con éste.

Además los artículos 88 y 89 de la Ley General del Trabajo y los artículos 94 y 95 de su Decreto Reglamentario mencionan que en caso de fallecimiento, se debe indemnizar a la familia del trabajador con el pago de 24 salarios.

Fuente: LA PATRIA
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