Viernes 20 de marzo de 2020

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Bolivia - Nacional
Limitaciones en horarios de atención no aplica para establecimientos de salud
20 mar 2020
Fuente: LA PATRIA
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Los profesionales y trabajadores, además de establecimientos públicos y privados de salud, no serán afectados por las limitaciones del Decreto Supremo (DS) N° 4196 emitido recientemente por la Presidente Jeanine Áñez, que asume medidas contra la proliferación del coronavirus que hasta la fecha ya tiene 15 personas contagiadas.
Dicho decreto, establece restricciones para las personas que no podrán transitar con normalidad debido a la cuarentena que se cumple en el país, aunque esta determinación tampoco afecta a los profesionales y trabajadores en salud.
La normativa también señala las sanciones para quienes asumieron el compromiso de cuidar la salud de la ciudadanía y no cumplan con lo establecido en el instructivo emanado por el Ministerio de Salud.
"Los profesionales y trabajadores en salud de los establecimientos, entidades y clínicas de los subsectores público, de la seguridad social y privado del Sistema Nacional de Salud, se encuentran excluidos de la aplicación de la jornada laboral extraordinaria establecida por el art. 9.II del Decreto Supremo Nº 4196 de 17 de marzo de 2020, por lo que están en la obligación legal de realizar todas las atenciones de forma regular, normal y respetando las cargas ordinarias y extraordinarias, así como los horarios de los turnos preestablecidos por normativa vigente, y en especial, sin escatimar esfuerzos por contener la pandemia", indica la norma.
Fuente: LA PATRIA