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Domingo 08 de marzo de 2020

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Domingo 08 de marzo de 2020
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Oruro - Regional

Sanciones por arrojar basura sigue siendo una asignatura pendiente de EMAO

08 mar 2020

Fuente: LA PATRIA

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Desde mayo de 2019, oficialmente se puso en vigencia el Reglamento de Residuos Sólidos, que tienen la finalidad de sancionar a quienes efectúan un tratamiento inadecuado de su basura, sin embargo, hasta el momento esta norma y las multas continúan siendo una asignatura pendiente de la Empresa Municipal de Aseo Oruro (EMAO) que todavía no aplica con el rigor necesario dicha normativa.

La información oficial de la empresa de aseo muestra que a noviembre de 2019, tan sólo cuatro personas fueron sancionadas y cancelaron el monto establecido, en estos casos por ser primera vez infractores, de un cuarto del salario mínimo nacional, además de una persona que cambió el pago por servicio comunitario.

"Lamentablemente la población no llegó a comprender que la basura tiene su lugar y que pese a que los camiones posiblemente no realicen un servicio ideal, con los pocos recursos que tenemos cumplimos las rutas, por eso que se nos indicó que debemos ser drásticos con esta normativa, es lo que nos queda y emitir la herramienta jurídica, por eso vamos a instruir a los supervisores para intervenir en sectores críticos de microbasurales y aplicar más sanciones", indicó el gerente de EMAO,

Milton Granadino.

Explicó que lo que se hará a partir de los próximos días, es que al identificar al infractor, se cargue la multa establecida en la factura de luz del domicilio de la persona que sea detectada arrojando basura en vía pública, ya que es la única manera que el vecino entienda la necesidad de mantener la ciudad en buenas condiciones en el tema de aseo.

SANCIONES

El reglamento contempla tres tipos de sanciones: leves, graves y gravísimas; cada una con sus respectivas multas económicas que se calculan en base al salario mínimo actual; la infracción es castigada ya sea que la cometa una persona natural o jurídica.

En el caso de infracciones leves, la multa para estas infracciones va desde medio salario mínimo hasta cuatro salarios para personas jurídicas.

En el caso de las sanciones graves, está la reiteración por tercera vez de las faltas leves, y las multas van desde dos a cinco salarios para personas naturales y de cinco a 20 para personas jurídicas.

Finalmente, las gravísimas son la reiteración por tercera vez de las faltas graves, el malogrado, destrozo o quemado de contenedores de alta capacidad, siendo las multas de seis a diez salarios mínimos para personas naturales y de 21 a 40 salarios para personas jurídicas.

Fuente: LA PATRIA
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