Martes 11 de febrero de 2020
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Editorial y opiniones
CARA CONOCIDA
Residencia permanente y derecho electoral
11 feb 2020
Fuente: Por: Israel Adrián Quino Romero (*)
Con el cumplimiento a la actividad 34 del Calendario Electoral de las Elecciones Generales 2020 se dará fin a la polémica aún no resuelta por el órgano del poder electoral respecto la habilitación de los postulantes que podrían referirse como los "casos especiales". Un conjunto de disposiciones normativas vinculantes rodea a una próxima Resolución del TSE que, cualquiera fuera su decisión, es probable genere recursos de impugnación propios del Derecho Electoral boliviano y la justicia constitucional en búsqueda de un redireccionamiento de esa jurisprudencia en materia electoral.
Si bien la SC 24/2018 de 27/06/2018 nos dio luces sobre lo que debe entenderse sobre "residencia permanente" requisito de dos años para candidatos a asambleístas sine qua non pueden postular por su circunscripción. Se plantean dos condicionantes y una salvedad: el domicilio cercano al recinto electoral donde se emitió el voto, el lugar donde ejerce voluntariamente su derechos y deberes (laborales o no), pero además exceptuando que por fuerza mayor o disposición legal el proyecto de vida se ejerza en un sitio distinto al domicilio electoral señalado. Aunque su interpretación no debe ser aislada en razón de connacionales en territorio boliviano y de candidaturas subnacionales.
Fuente: Por: Israel Adrián Quino Romero (*)