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Domingo 09 de febrero de 2020

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Editorial y opiniones

El pago de diezmos no a la iglesia, sino a programas del estado

09 feb 2020

Fuente: Por: santiago condori apaza

Este corto artículo lo he escrito viendo la realidad social, política y económica que atraviesa nuestro país, principalmente en la administración de ciertos Planes y Programas de desarrollo en donde se van articulando diferentes proyectos en áreas diversificadas de alcance nacional en los nueve departamentos que conforman el país. El área específica a tratar en este escrito, es sobre el Programa de Acceso a Vivienda Propia, Programa administrado por la Agencia Nacional de Vivienda - ANV, en donde la institución donde trabajo, formó parte de alguno de los proyectos de construcción de viviendas en el área dispersa del departamento de La Paz, pero hasta la fecha estos proyectos han quedado inconclusos y congelados los financiamientos para la entrega de las obras. En cierto momento me decía yo mismo, que esto obedecía a los papeleos de trámites burocráticos que siempre suelen ocurrir en estas reparticiones públicas del Estado, pero luego comprendí, que la demora o el congelamiento obedecía a otras maneras o procedimientos de viabilizar la adjudicación y ejecución de los proyectos; y esa manera operacional no explícita se llamaba "pagar el diezmo" al Programa y que no estaba estipulado en los protocolos de la firma de adjudicación del proyecto.

¿Qué es el diezmo? Según el diccionario de la lengua castellana, el diezmo es un impuesto constituido por unos cánones en especies que se abonaba al Clero. De acuerdo a los registros históricos, con las reformas eclesiásticas del Concilio de Trento, se acuerda pagar tributo de los confesores a la iglesia en cosas u especies equivalentes a un valor monetario. En el siglo XVI, se pagaba a los cánones de la iglesia un pago tributario de indulgencias para eximir los pecados del confesor. En la colonia de la América morena del siglo XVII y XVIII, el pago de indulgencias se trasladó a las Obras Pías, que son una especie de donación de bienes y recursos a las Parroquias catequéticas de indios, como es el caso del Encomendero Lorenzo de Aldana, que donó su riqueza acumulada por la explotación de las minas de Oruro a los Agustinos de Paria para la manutención de los hospitales de Challacollo y Capinota, y así expió sus pecados por la explotación secreta de la mina con los indios del repartimiento de Paria; eso lo conocemos en base a un documento testimonial escrito por el mismo Aldana desde Arica en 1568. Otro tipo de tributo impuesto bajo el Clero está el servicio anual a las Parroquias y Curatos por parte de mujeres jóvenes indígenas antes de casarse; esto parece haber sido una reproducción de lo que fue en la Europa medieval del siglo XIV, un tributo de "prima noctem" (primera noche) pagado a la nobleza por la plebe al entregarle una mujer la primera noche de su boda y esto estaba avalado por el Clero de la iglesia, y ocurría lo mismo con las mujeres indígenas en la época colonial; muchas de estas mujeres indígenas concibieron hijos primogénitos durante su estadía en la Parroquia y tuvo que serlo con algún clérigo, ya que el orden secular de las iglesias reclamaba un tributo de esta magnitud.

Revisando de manera rápida la historia de los diezmos, pues tenemos una idea de lo que es el pago tributario al Clero para saldar o expiar pecados y así estar limpios de toda culpa para estar ante la presencia de Dios. ¿Algo irónico no? Realizar actos pecaminosos, impúdicos e indignos al otro para ser indulgente y liberar de toda culpa y pecado. En tiempos actuales, los diezmos en las iglesias cristiano protestantes, se manifiesta con el aporte mensual de sus ingresos o la donación voluntaria de ciertos bienes para el beneficio de su congregación e iglesia; sólo de esa manera es aceptada dentro la congregación y en los diferentes sesiones de culto al interior de sus cofradías religiosas.

Ahora lo que queremos saber, es que cómo se ha introducido esta bendita palabra de "diezmo" en la adjudicación y ejecución de los diferentes proyectos relacionados con el Programa de Viviendas, UPRE, Fondo Indígenas y otros. Pues debo decir, que la esencia de la palabra está en base a sus nociones genuinas antiguas, hay que pagar un tributo para ser oficialmente reconocido por la entidad; ¿pero a que costo? Pues debo decirlo, bajo esos mismos principios sucios, pecaminosos y antiéticos carentes de valores de aquellas personas que fungen de diezmeros, mismos que cobran el tributo porcentual de costo total del proyecto que fuera de toda norma establecida; por eso es algo no explícito. Según mis indagaciones, en el Programa UPRE se han cobrado diezmos equivalentes al costo de la inversión total del proyecto, desde el 15%, 30% y 50% en proyectos de gran envergadura. Los Fiscales de los Proyectos son los entes supervisores y nexos entre la Agencia Nacional de Vivienda y las Empresas Constructoras adjudicadas con los proyectos, quienes deben pagar esos famosos diezmos [para excomulgar pecados] para ser parte del programa. Es algo triste, pero la realidad está delineada por este principio mal sano que en lo real no siempre está llegando a los más necesitados, porque también tendrían que pagar sus diezmos; eso observé en algunos distritos de Oruro, donde sólo los dirigentes y que ni siquiera viven en la comunidad se adjudicaron a este plan de viviendas y no así los más necesitados y humildes que viven hacinados en sus casas.

Una de las expresiones de la política de vivienda basada en un rol facilitador y subsidiario del Estado, ha sido el intento de acercar la oferta de vivienda a las posibilidades económicas de la demanda por medio de subsidios, ahorro y crédito. Se trata de pasar de un Estado constructor a uno que otorgará más espacio al sector privado. Sobre la base de esta premisa, la labor estatal se redujo a la formulación de la política y a la asignación de subsidios a la demanda. Muchas familias pobres en América Latina y el Caribe no tienen posibilidad de acceder a este tipo de programas debido a los requisitos que estipulan tanto las normas respectivas (contar con un título de propiedad, o tener un ahorro mínimo equivalente a un porcentaje del valor de la vivienda, por ejemplo) como las entidades financieras para las cuales las viviendas populares no constituyen por lo general garantía suficiente. Las investigaciones demuestran que las instituciones financieras favorecen a familias con ingresos por encima del promedio, con empleo en el sector formal, y que tienen como cabeza a un hombre. Aún las instituciones financieras de vivienda enfocadas en la ayuda a familias con bajos ingresos no han atendido a la mayoría más pobre. Ello obliga a las familias de menores ingresos a hacer lo posible para vivir y trabajar en espacios inadecuados para vivienda lo que genera las ocupaciones informales y obliga después a los Estados a recurrir a medidas correctivas como es la regularización de la propiedad, que se ha masificado también como parte de las políticas de vivienda en la región. En Bolivia, el financiamiento de vivienda social, será vendido mediante el banco (Mercantil Santa Cruz, Banco Unión y Banco Nacional de Bolivia - BNB), entidades financieras que tienen a su cargo la calificación del nivel de ingreso y determinará el tipo de vivienda al que pueda acceder el beneficiario. Como uno de los requisitos esenciales, demostrar la carencia de una vivienda propia, datos que serán cotejados con la base de datos de Derechos Reales; se debe contar con un ingreso mínimo, el monto no constituye una restricción para acceder al Plan. En el área rural los beneficiarios aportarán con la mano de obra y con un 30 a 60% dado que son demostrables sus ingresos económicos a través de la producción agrícola. Bajo estas premisas se tendría que ejecutar los proyectos para que tengan una satisfacción de las necesidades al mayor conjunto de la población necesitada y sin estar exigiendo los diezmos pecaminosos.

Fuente: Por: santiago condori apaza
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