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Viernes 07 de febrero de 2020

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Editorial y opiniones

Paridad alternancia e inclusión social

07 feb 2020

Fuente: Por: Ing. Ramiro Siles Velasco

El pasado 3 de febrero venció el plazo para la inscripción de candidatos a Presidente, Vicepresidente, senadores, diputados uninominales y plurinacionales. Del total de ocho alianzas y partidos políticos (cuatro partidos políticos e igual número de alianzas políticas), registrados, en el Tribunal Supremo Electoral tres partidos Políticos: Frente para la Victoria (FPV), Acción Democrática Nacionalista (ADN), y Movimiento Al Socialismo (MAS) y dos alianzas: Comunidad Ciudadana y Creemos que hacen el 62,5%, NO respetaron, la paridad y alternancia. En tanto que un partido político: Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-BOL) y dos alianzas Juntos y Libre 21 que hace el 37,5% respetaron esta igualdad y cambio.

Inexplicablemente no existe una Ley específica para obligar la Paridad y Alternancia para candidaturas a Presidente y Vicepresidente, la Constitución Política del Estado en el Art- 278 II indica: "La Ley determinará los criterios generales para la elección de asambleístas departamentales, tomando en cuenta representación poblacional, territorial, de identidad cultural y lingüística cuando son minorías indígena originario campesinas, y paridad y alternancia de género.

Los Estatutos Autonómicos definirán su aplicación de acuerdo a la realidad y condiciones específicas de su jurisdicción", que está más referida a la elección de asambleístas departamentales. Ahora la Ley 018 (del �rgano Electoral) incluye dentro sus postulados el Art. 8 indicando "Consiste en la aplicación obligatoria de la paridad y alternancia en la elección y designación de todas las autoridades y representantes del Estado; en la elección interna de las dirigencias y candidaturas de las organizaciones políticas; y en la elección, designación y nominación de autoridades, candidaturas y representantes de las naciones y pueblos indígena originario campesinos mediante normas y procedimientos propios" que es más una especie de definición no así una necesidad, obligación o deber.

Mientras que la Ley 026 (del Régimen Electoral) en el Artículo 2. (PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA INTERCULTURAL), indica en el inciso h) Equivalencia.- "La democracia boliviana se sustenta en la equidad de género e igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres para el ejercicio de sus derechos individuales y colectivos, aplicando la paridad y alternancia en las listas de candidatas y candidatos para todos los cargos de gobierno y de representación, en la elección interna de las dirigencias y candidaturas de las organizaciones políticas, y en las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos" que establece una explicación de lo que se entiende de la equidad de género e igualdad de oportunidades.

En la misma Ley el Art. 11 EQUIVALENCIA DE CONDICIONES.- en el inciso a) indica "Las listas de candidatas y candidatos a Senadoras y Senadores, Diputadas y Diputados, Asambleístas Departamentales y Regionales, Concejalas y Concejales Municipales, y otras autoridades electivas, titulares y suplentes, respetarán la paridad y alternancia de género entre mujeres y hombres, de tal manera que exista una candidata titular mujer y, a continuación, un candidato titular hombre; un candidato suplente hombre y, a continuación, una candidata suplente mujer, de manera sucesiva", extrañamente no dice nada sobre candidaturas a Presidente y Vicepresidente.

Con el trascurso del tiempo se avanzó mucho en los derechos de la mujer y en esta última temporada se están produciendo cambios trascendentales en Latinoamérica en el ámbito político que han influido en el cambio sustancial de la política en Bolivia.

Los partidos que dominaban el escenario electoral durante las décadas del noventa, al dos mil diez gran parte ya no existen, por el cambio de la preferencia electoral dejando con un bajo porcentaje a los tradicionales, entre estos se encuentran los que se vinculan con el ejercicio de los derechos políticos por parte de las mujeres.

Desde la presencia de una sola mujer en las cámaras legislativas, a finales de los setenta y principios de los ochenta, se llegó a la paridad y alternancia en elecciones legislativas que hoy está establecida legalmente. La participación de las mujeres se convirtió en parte del sentido común de la política.

Hay mayor proporción de representantes y autoridades mujeres que en períodos históricos anteriores y también hay más instrumentos legales que protegen a las mujeres. A pesar de esos indudables avances, la búsqueda de la equidad sigue siendo un desafío.

Este desafío múltiple involucra el mantenimiento y la ampliación de la participación de las mujeres en la política y en la dinámica de la sociedad civil, el cumplimiento efectivo de los cambios legales que se están aprobando -que no tienen que ver solamente con los derechos políticos, sino que llegan a asuntos tan fundamentales como el derecho a la vida- y la posibilidad de que las mujeres en cargos institucionales los ejerzan efectivamente y aporten a la política boliviana una perspectiva femenina de la que careció desde la fundación de la república.

En las listas de candidatos hubiese sido importante tomar en cuenta la inclusión social de sectores vulnerables porque de esta manera se podría posibilitar que personas en riesgo de pobreza o de exclusión social tengan la oportunidad de participar de manera plena en la vida política económica y social, y así puedan disfrutar de un nivel de vida adecuado, confirmando de esta manera la preocupación que debe existir de parte de las agrupaciones políticas especialmente por personas o grupos de personas que se encuentran en situaciones de carencia, segregación o marginación, personas o grupos de personas en situación de precariedad o pertenecientes a un colectivo particularmente estigmatizado, bien por su origen (pertenencia a determinado grupo étnico o religioso), género (hombre o mujer), condición física (discapacidades), u orientación sexual, entre otras cosas.

Al incluir a representantes de estos sectores se puede lograr que trabajen en proyectos de leyes y programas socioeconómicos para mejorar la condición de vida de estos sectores para ofrecerles las mismas oportunidades, laborales y económicas de las que disfruta el resto de la sociedad, la posibilidad de tener una vivienda digna, seguridad ciudadana, etc., y conseguir que estos sectores puedan gozar plenamente de sus derechos, desarrollar sus potencialidades como individuos, y aprovechar al máximo las oportunidades para vivir un bienestar social, teniendo en cuenta que se está abriendo un campo de ventajas a favor de los grupos más vulnerables de nuestra sociedad, planteando un reto, promover la inclusión que prevenga los riesgos de exclusión genere condiciones que eviten el tránsito de la vulnerabilidad a la exclusión y marginalización de las personas.

Fuente: Por: Ing. Ramiro Siles Velasco
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