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Sábado 18 de enero de 2020

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Editorial y opiniones

El rigor en motivar una sentencia

18 ene 2020

Raúl Pino-Ichazo Terrazas (*)

Los humanos, preferentemente los que vivimos en climas benignos y exentos del rigor de los inviernos europeos, somos proclives a la rutina, dejando a lado, por comodidad o por autosuficiencia los sistemas obligados, unidos a una plena dedicación intelectiva que exigen los métodos de interpretación de las leyes, la argumentación con sus diferentes clases y la motivación razonada en las sentencias.

Motivar es igual a justificar con razones un acto de la voluntad o volitivo de los jueces y que constituye una expresión de una práctica democrática y razonable del poder y una de las manifestaciones del Estado de Derecho.

Las motivaciones y las sentencias de los jueces, a través de sus decisiones judiciales, representan en el actual mundo las tendencias valorativas de la población, que son explicativas de su realidad y relacionadas al futuro ¿Qué significan las tendencias valorativas? son los procesos intelectuales que se imponen a sí mismos los jueces que entienden, por sus decisiones, que afectan de por vida a los recipientes de las mismas y ello es inequívocamente una serísima responsabilidad.

Una tendencia fundamental es aquélla que impide la destrucción del género humano a través de la proscripción de la acción directa (la ley del Talión), y, por lógica, de la vigencia y fortalecimiento del proceso que descansan en el deber de los jueces de interpretar la ley, argumentar con sus diferentes métodos y motivar sus decisiones, resoluciones y sentencias.

Cuando estas tendencias de las poblaciones democráticas y que se solazan de vivir en un Estado de Derecho, no cumplen con la expansión de su fuerza de convicción, pues aquéllas no necesitan poseer profundos conocimientos jurídicos para evaluar las sentencias de los jueces.

Se convence a la población por el cumplimiento estricto del debido proceso y la valoración justa de las pruebas, unida a todo ello la sana crítica y formación sólida del juez; si esto falla la población lo siente y expresa su repulsa con los efectos colaterales de puntuación grave como la desconfianza y el desprecio del ciudadano hacia la justicia. Es obligación del Estado mantenerla exenta de toda corrupción, influencias de otro poder y asociaciones delictivas de juristas y jueces para manipular decisiones judiciales.

Es tan peligroso este estado porque surge la autodefensa y la creación de un ambiente hostil o cuando la justicia se convierte en un instrumento de venganza o de caza de brujas contra personas, generalmente por diferencias políticas. Ambos extremos de una justicia depauperada asumen la calificación de gravísimo estado consentido por los gobernantes de turno.

Por ello importa mucho que las decisiones judiciales sean la correspondencia de la expresión del prestigio y reconocimiento de la magistratura que propicia las resoluciones y éstas sean acatadas, no por coerción, sino por la aceptación de la población.

Se agudiza el descrédito de la justicia con la presencia en los códigos de normas jurídicas que no responden a las expectativas ni a la evolución de la población, es decir, a sus necesidades y que ni siguiera guardan los necesarios atributos de la generalidad de la ley y su abstracción. De suceder lo contrario, irrumpen vehementemente la informalidad, los conflictos jurídicos y el desprestigio de las instituciones públicas.

Un bálsamo para evitar ello es que toda jurisdicción debe cumplir la norma de enjuiciar justificadamente, con razonabilidad en la interpretación de las leyes y sobre todo ejercer el control constitucional de aquéllas.

(*) Es abogado, posgrados en Arbitraje y Conciliación,

Filosofía y Ciencia Política (maestrn), Interculturalidad

y Educación Superior, Oratoria Jurídica, Derecho Aeronáutico, Alta Gerencia para abogados (UCB-Harvard) Docencia

en Educación Superior, doctor honoris causa en HUMANIDADES (IWA-Cambridge University, USA)

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