Como es de conocimiento público, las múltiples denuncias sobre irregularidades encontradas en la realización de las Elecciones Generales y el cómputo nacional administradas y ejecutadas por el Tribunal Supremo Electoral (TSE),las mismas que fueron verificadas y evidenciadas por la OEA (Organización de Estados Americanos) a través de su Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia (SFD) y el Departamento para la Cooperación y Observación Electoral (DECO), en informes preliminar y final de fechas 10 de noviembre pasado y confirmado el reciente 4 de diciembre, en las que recomiendan la anulación de estas elecciones y la convocatoria a otras nuevas con distintas autoridades del TSE. Con estos acontecimientos y haciendo caso a las recomendaciones de la OEA, el pasado domingo 23 de noviembre se promulgó la Ley de régimen excepcional y transitorio para la realización de elecciones generales, en un término de 120 días con la anulación de las anteriores defectuosas, las que tendrían que efectuarse con un calendario necesariamente ajustado
Con la aplicación de la indicada convocatoria a elecciones generales, estas se deberían efectuar la segunda quincena del próximo abril 2020, acción que dejaría de lado la ejecución de las Elecciones Subnacionales que deberían cumplirse en el mismo mes, aspecto que obliga a postergar estas últimas para el mes de octubre de la siguiente gestión .En estas circunstancias surge una duda e interrogante de la posibilidad de llevar adelante las elecciones Generales y Subnacionales al mismo tiempo. A mi entender por experiencia profesional NO se puede unir las elecciones generales y subnacionales en un solo día por razones técnicas, sociales y políticas.
Con la aplicación de la indicada convocatoria a elecciones generales, estas se deberían efectuar la segunda quincena del próximo abril 2020, acción que dejaría de lado la ejecución de las Elecciones Subnacionales que deberían cumplirse en el mismo mes, aspecto que obliga a postergar estas últimas para el mes de octubre de la siguiente gestión .En estas circunstancias surge una duda e interrogante de la posibilidad de llevar adelante las elecciones Generales y Subnacionales al mismo tiempo. A mi entender por experiencia profesional NO se puede unir las elecciones generales y subnacionales en un solo día por razones técnicas, sociales y políticas.
1.- Técnicas.- Llevar adelante elecciones generales y subnacionales significa prácticamente efectuar tres elecciones al mismo tiempo Generales o presidenciales (Presidente, vicepresidente senadores, diputados uninominales), Subnacionales: Gobiernos departamentales (Gobernadores, asambleístas) y Gobiernos municipales (Alcaldes, y concejales municipales), que significa efectuar tareas y actividades similares pero en tiempos distintos y contrapuestos los cuales intentaré mencionar los más significativos: a) Tiempos.- El principal problema que traerá dificultades será el tiempo en razón de que la Ley de régimen excepcional y transitorio para la realización de elecciones generales otorga un término de 120 días para su realización que es demasiado ajustado. Ahora pretender acomodar o ajustar a este tiempo tres elecciones seria irracional e irresponsable porque una elección en términos normales se la efectúa en 160 días. b) Calendario Electoral.- La realización de tres elecciones al mismo tiempo implica la elaboración y administración de dos calendarios electorales diferentes en tiempos y actividades, tarea difícil. c) Circunscripciones.- Cada elección se planifica y organiza para circunscripciones diferentes y delimitadas efectuar tres elecciones en un solo día, significa también unir circunscripciones: nacionales uninominales departamentales y municipales lo que no es recomendable por la confusión territorial que esto implica. d) Papeletas Electorales.- Para las tres elecciones significa emplear tres papeletas diferentes entre sí, con propósitos descritos líneas arriba y con actores políticos distintos para cada Departamento y Municipio. e) Escrutinios.- Se tendrían que efectuarían tres escrutinios (Presidente y asambleístas o diputados uninominales) Gobiernos departamentales (Gobernador y asambleístas departamentales) y Gobiernos Municipales (Alcaldes y concejales munícipes). El tiempo promedio para efectuar un escrutinio es de 90 minutos, lo que significa que se utilizaría un tiempo total de 270 minutos (cuatro horas y media) Si el acto de votación concluiría a las 16:00 pm se tendría concluido el escrutinio total a las 20:30 en el mejor de los casos. f) Cómputos departamentales y nacionales.- Los cómputos en cada departamento en condiciones normales se inicia ciento cincuenta minutos después de concluido el acto de escrutinio es decir a las 18:30 pm. En el caso de dos elecciones el cómputo departamental se iniciaría a las 21:00 p.m. lo que implica un avance lento en razón de que se tendría que efectuar tres cómputos al mismo tiempo (Presidenciales, Departamentales y Municipales) lo que complicaría la entrega parcial y total de resultados que tendría un retraso considerable. El cómputo nacional también seria afectado con esta cadena de demoras Por la urgencia e importancia de conocer resultados de las elecciones presidenciales podría priorizarse esta tarea, labor no recomendada porque crearía inestabilidad en los otros procesos. g) Errores en actas de sufragio electorales.- No es frecuente, pero en muchos casos se dieron errores en la elaboración de actas electorales, por diferentes factores, lo que en muchos casos dieron lugar a la nulidad del acta electoral previstos en el Art. 177 de la Ley 026 (Régimen Electoral). En el caso de que se efectuarían tres escrutinios en el mismo acto de votación el margen de error puede incrementarse debido al cansancio de los jurados electorales porque tendrían más de 11 horas de labor continua.
2.- Sociales.- En la vida democrática electoral que se vive en el país, sería la primera vez que llevaría adelante tres elecciones en el mismo día lo que podría ocasionar confusiones en los ciudadanos y con ello el incremento de votos en blanco y nulos para lo que sería indispensable tomar en cuenta las siguientes consideraciones a) Propaganda electoral.- El ciudadano de a pie sería castigado y hostigado con propaganda electoral de las diferentes agrupaciones políticas durante treinta días antes a las elecciones, de acuerdo a lo establecido en el Art. 117 inc. b) de la Ley 026. Ahora, si son prácticamente tres elecciones también es el mismo número de propagandas electorales que se difundirán por los distintos medios de comunicación social en un mes lo que confundirá a los ciudadanos porque se trata de candidatos para tres elecciones. b) Programas de gobierno.- Para tres elecciones existirán tres planes de trabajo por cada agrupación política que deberían hacer conocer por los diferentes medios de comunicación aspecto que originaría una total confusión en la población.
3.- Políticas.-Organizarse las agrupaciones políticas para tres elecciones en 60 días, es imposible porque se debe considerar las siguientes tareas esenciales: a) Alianzas Políticas.- En el escenario político vigente se hace necesario los acuerdos y alianzas entre agrupaciones políticas que supone un espacio de tiempo para su cumplimiento máxime si se tiene tres elecciones a parte del que se necesitara para su registro al TSE. b) selección de candidatos.- En razón de que no se aplicara la Ley 1096 (Organizaciones Políticas) la selección de candidatos se tendría que efectuar en congresos de cada agrupación política c) Campañas políticas.- El tiempo es muy corto para las campañas políticas de tres elecciones.
(*) Ingeniero
Fuente: Ramiro Siles Velasco (*)
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