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Sábado 07 de diciembre de 2019

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Sábado 07 de diciembre de 2019
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El asesor que manipuló datos de las elecciones huyó de Bolivia
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249 postulantes a vocales del TSE se registraron hasta ayer
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Evo Morales va a Cuba y se presume que luego irá a Argentina
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Examen de ingreso a la UTO será el 25 de enero
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Hasta las 19:00 horas de hoy la ALDO recibirá postulaciones para vocales del TEDO
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Para el 20 de diciembre
Se proyecta el inicio de atención de la Unidad Municipal de Hemodiálisis
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Por 5 años
En mina San José esperan concretar propuesta que garantice bombeo de aguas ácidas
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Se dotó importante cantidad de equipos de computación a servicios de la CNS
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32 trabajadores con amplia trayectoria en Sedcam recibieron ítems
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Nuevo jefe departamental del Senarecom se enfocará en agilizar los procesos
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Ministerio de Educación suspende etapa nacional de la olimpiada científica estudiantil
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Se graduarán algo más de 11 mil bachilleres
Culminó el año escolar y las promociones se realizarán desde hoy hasta el 20 de diciembre
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Sedes inspeccionó empresas elaboradoras de panetones
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Encuentro de productores pretende fomentar la agricultura ecológica
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ABC recomienda precaución en viajes al interior del país por lluvias y granizada
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Autoridades de la UTO afirman que no existe riesgo de que "Psicología" se cierre
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Animalistas piden audiencia al Alcalde para exponer observaciones del Cemzoor
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PICADAS
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EDITORIAL
Bajo nivel de crecimiento el 2019
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La institucionalidad democrática
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Ley de garantías ¿que ya están garantizadas?
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Discapacidades
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Recuperemos la constitucionalidad
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Cusi se postula al TSE: "Pido elegir hombres independientes como yo"
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COB responde a Maduro:
"No vamos a aceptar injerencias extranjeras"
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Cuestionan que Bolivia no tenga representación en la COP 25
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Cámara de Comercio calcula que crecimiento del PIB nacional cerrará este año en 3,2%
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Personas que se registren por primera vez a la plataforma "Moto Méndez" podrán cobrar el bono después
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Seis personas se postulan a vocales del Tribunal Electoral de Potosí a poco más de 24 horas del cierre del registro
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Citarán a Dockweiler sobre el estudio de grabación donde se producía propaganda política
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Perro arrancó parte de la piel del brazo de una anciana
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Keiko Fujimori sí coordinó con exjuez investigado, según exlegislador peruano
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Paraguay registra un feminicidio cada 9,8 días en promedio
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La CIDH condena el "uso excesivo de la fuerza" durante las protestas en Chile
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Al menos 153 muertos en RDC en un mes por los ataques de rebeldes ugandeses
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Dictan detención preventiva para el gobernador de Chuquisaca
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Gobernador de Florida confirma que autor del tiroteo en base naval era saudí
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Colegio La Salle rinde homenaje musical a sus 100 años en Bolivia
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Memorias de las danzas de la diablada y la morenada serán presentadas a nivel nacional
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"Un canto de hermandad" se presentará este domingo en la plaza "Pagador"
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"Una graduación presidencial" se presentará recién esta noche
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Entregan incentivos económicos a ganadores de los platos bandera de La Paz, Oruro y El Alto
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Exposición "Hecho por Nuestras Manos" se realizará el 9 y 10 de diciembre en La Paz
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Luis Arce se fue a México y denuncia tardanza en salvoconducto y hostigamiento policial
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Familiares de fallecidos en Senkata rechazan Decreto de Indemnización por prohibir denuncias a instancias internacionales
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Venta del SOAT 2020 comienza hoy
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Buses ChikiTiti y Pumakatari retomarán el servicio a la población a partir de este fin de semana
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Jeanine Áñez ratifica que no promulgará la Ley de Garantías
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Mercosur:
Argentina y Brasil respaldan transición a cargo de Áñez
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Diputada del MAS dice que hay una "rosca" y "manipulación" en su bancada; acusa a Brito
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Editorial y opiniones

Recuperemos la constitucionalidad

07 dic 2019

Paúl Antonio Coca Suárez Arana

El 28 de noviembre de 2017, el Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante la Sentencia Constitucional Nº 0084/2017, resolvió "aplicar preferentemente" el art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por encima de los arts. 156, 168, 285. II y 288 de la CPE, estableciendo reelecciones indefinidas en los cargos públicos electivos, basándose en que dicha Convención era la norma "más favorable" en relación a derechos políticos. La Sentencia se antepuso a un referéndum obligatorio y, sobre todo, declaró inaplicables articulados constitucionales, por lo que el Tribunal ha omitido su rol de ser el guardián de la Constitución.

Pero no es el único caso: está la Sentencia Constitucional Nº 0032/2019 de 9 de julio de 2009 por el cual, el Tribunal Constitucional, "amparándose" en el citado art. 23 de la referida Convención, dejó sin efecto el art. 238 numeral 3 de la CPE, el cual disponía que quien ocupe cualquier cargo público producto de designación (servidores públicos, interinos, consultores, personal eventual) o elección (parlamentarios, gobernadores, alcaldes, concejales, etc.), tenían el deber inexcusable de renunciar para buscar la reelección o postularse, con excepción del Presidente y Vicepresidente del Estado; con el fallo, se ha liberado de renunciar a los servidores públicos elegidos por voto cuando busquen reelección en el mismo cargo, o postulación para uno diferente.

Pero no es el único caso: está la Sentencia Constitucional Nº 0032/2019 de 9 de julio de 2009 por el cual, el Tribunal Constitucional, "amparándose" en el citado art. 23 de la referida Convención, dejó sin efecto el art. 238 numeral 3 de la CPE, el cual disponía que quien ocupe cualquier cargo público producto de designación (servidores públicos, interinos, consultores, personal eventual) o elección (parlamentarios, gobernadores, alcaldes, concejales, etc.), tenían el deber inexcusable de renunciar para buscar la reelección o postularse, con excepción del Presidente y Vicepresidente del Estado; con el fallo, se ha liberado de renunciar a los servidores públicos elegidos por voto cuando busquen reelección en el mismo cargo, o postulación para uno diferente.

Dicho de otra manera, ambas Sentencias han sido un golpe a la democracia y a los derechos políticos, vulnerando la Constitución. Lo irónico del caso, es que opositores estaban en contra de la reelección indefinida, pero no presentaron renuncia para buscar cargos en las elecciones de octubre y, más bien, se ampararon en la Sentencia Constitucional Nº 0032/2019.

Los apetitos personales jamás pueden estar por encima del interés nacional; en el pasado reciente, se dieron situaciones que estamos a tiempo de corregir, como tener un saneado padrón electoral, vocales imparciales para el ?rgano Electoral, nuevos actores políticos, pacificación social, aplicación de la ley a quienes la vulneraron, pero, también es importante dejar sin efecto las Sentencias Constitucionales 0084/2017 y 0032/2019 para que, con ese conjunto de cosas, recuperemos la constitucionalidad de nuestro país.

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