Loading...
Invitado


Viernes 04 de octubre de 2019

Portada Principal
Viernes 04 de octubre de 2019
ver hoy
Incendios forestales: El fuego cobra su quinta víctima en la Chiquitanía
Pág 1 
Destapan red de corrupción en la Alcaldía y aprehenden a un funcionario implicado
Pág 1 
AL CIERRE DE EDICI?N
Sujeto se ahorcó al interior de su domicilio
Pág 1 
Ecuador decreta estado de excepción ante protestas por alza del precio del combustible
Pág 1 
Cívicos de La Paz y Cochabamba se suman al pedido de "justas regalías" para Oruro y Potosí
Pág 1 
Campaña "Mano a Mano por Oruro Limpio y Verde"
Unidades educativas se suman a la forestación
Pág 2 
Centro de Apoyo Integral Pedagógico (CAIP)
39 hijos de privados de libertad reciben apoyo pedagógico mensualmente
Pág 2 
En Oruro la tasa de analfabetismo es de 1.43%, es casi imposible erradicarlo por completo
Pág 2 
Los 4 mil dólares que mencionó el vicepresidente
Regional del Banco Unión envió a su oficina central la solicitund de jubilados y rentistas
Pág 2 
Pacientes ostomizados se unen para afrontar sus casos clínicos
Pág 2 
Candidatos uninominales exponen sus propuestas desde el TEDO
Pág 2 
Crisis política de Perú: cinco claves para un complejo embrollo legal
Pág 2 
EDITORIAL
¿Transparencia de elecciones?
Pág 4 
Picadas
Pág 4 
Comerciantes libreros
Pág 4 
Testimonio de un Tucán Chiquitano (+)
Pág 4 
ALGO MÁS QUE PALABRAS
CAMPA?AS ELECTORALES
Pág 4 
Prohíben salir del país a choferes que Causaron muerte de 2 periodistas en Sucre
Pág 5 
Caso Franclin: Dan detención preventiva para Pampa y éste se declara preso político
Pág 5 
En la carretera a Cochabamba:
ABC recomienda conducir con cuidado por lluvia, neblina y congelamiento de plataforma
Pág 5 
Alcaldía recaudó algo más de Bs. 100 millones de recursos propios en 2019
Pág 5 
Guías del Centro de Adiestramiento de Canes son vacunados contra la rabia
Pág 5 
Cierre de calles por asfaltados impide ingreso de carros recolectores de basura
Pág 5 
Gobierno colombiano, en guardia para frenar fuga de película de excongresista
Pág 6 
Suspenden audiencia de candidato uruguayo por recurso de inconstitucionalidad
Pág 6 
Casino compensará con 735 millones a las víctimas del tiroteo de Las Vegas
Pág 6 
Al menos 17 muertos y 189 heridos en dos semanas de protestas, en Haití
Pág 7 
Museo Histórico "Ildefonso Murguía" ya cuenta con una galería de notables
Pág 7 
Talento de universitarios de "Domingo Savio" primó en obra teatral "Orfeo y Eurídice"
Pág 7 
Premio Eduardo Abaroa 2019 en busca de nuevos artistas
Pág 7 
Jennifer López y Maluma ruedan una comedia romántica en Nueva York
Pág 7 
Prevén que más de 100 danzarines revaloricen la cueca orureña
Pág 7 
Unesco pide más apoyo de sus socios para conseguir los ODS en Latinoamérica
Pág 7 
Editorial y opiniones

ALGO MÁS QUE PALABRAS

CAMPA?AS ELECTORALES

04 oct 2019

Por: Ing. Ramiro Siles Velasco

Las campañas electorales definidas como el conjunto de actividades efectuadas por partidos o agrupaciones políticas, frentes o coaliciones destinadas a la promoción de candidaturas, difusión y explicación de programas de gobierno y promoción de sus colores, símbolos y siglas, para solicitar el voto del ciudadano en elecciones próximas resulta ser la actividad más importante que se efectúa en procesos electorales sobre todo en elecciones.

Las campañas electorales son actividades trascendentales que son efectuadas por candidatos y agrupaciones políticas. La propaganda electoral -que forma parte de la campaña electoral-, se ha convertido en el principal mecanismo de captación de votantes, debido, quizá, a la crisis de identificación partidaria, la desconfianza en los políticos o la personalización de la política.

En América Latina, las contiendas electorales se han distorsionado, deformado y extendido el modo de hacer "campaña negativa"; esto es, la competencia electoral convertida en un campo de "pelea o contienda política sin límites".

En realidad, ese modelo basado en el espectáculo y la mercadotecnia, se han convertido en propuestas mediáticas individualistas y egoístas; basados en la personalización o la imagen por encima de la sustancial e importante para el ciudadano de a pie, es el uso intenso de los medios de comunicación, la contratación de asesores externos, de agencias de publicidad, de encuestadoras y de especialistas en sondeos de opinión, que convirtieron en campaña negativa con nuevos toques de desprestigio de adversarios políticos ya que ella preexiste y podría ser incluso inherente a la carrera electoral.

La competencia por posiciones, mediante el logro de la mayor cantidad de votos, impone lógicas racionales, por eso la campaña negativa llega a ser una estrategia.

Es necesario entender que esas maquinarias de capturar votos no son algo a lo que todos los candidatos puedan acceder; por eso este modelo es utilizado por los que tienen recursos económicos o se encuentran en el poder por lo que tratan de hacer campaña, basados más en la "política individualizada" y el contacto personal del candidato con sus electores. Así, el ámbito de la competencia electoral es desigual y no equitativo.

Por otro lado hay que diferenciar campaña y propaganda electoral. La primera ya se definió líneas arriba, en tanto que se considera propaganda electoral a la publicidad de candidatos o partidos políticos efectuados por los diferentes medios de comunicación social, oral, escrita y televisiva en forma frecuente y por un determinado tiempo con el fin de hacer conocer a los candidatos y su plataforma de trabajo, posicionar la imagen y obtener la atracción de votos ciudadanos.

En base a estos preceptos, la entrega de obras de los candidatos que se encuentran en función de gobierno están enmarcadas en la campaña electoral porque se trata de concentración de gente a favor del candidato y se constituye en propaganda electoral cuando estos actos son transmitidos por medios de comunicación oral y televisivas.

En toda elección debe primar el cumplimiento de la Constitución Política del Estado, sobre todo el Art. 238 que dice "No podrán acceder a cargos públicos electivos aquellas personas que incurran en las siguientes causales de inelegibilidad" numeral 3 Quienes ocupen cargos electivos, de designación o de libre nombramiento, que no hayan renunciado a éste, al menos tres meses antes al día de la elección, excepto el Presidente y el Vicepresidente de la República.

Entendiendo que todos los que trabajan para el Estado y perciben haberes son servidores públicos no puede haber excepciones porque todos son iguales y adquieren deberes y obligaciones en la misma proporción, este numeral en su última parte debería ser declarado inconstitucional, de esta forma se sancionaría correctamente lo que indica la Ley 026 (Ley del Régimen Electoral) art. 125 Prohibiciones en la campaña Electoral inc. a) Utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas.

Las campañas y propagandas electorales deben iniciarse 60 días antes de todo proceso electoral y los espacios publicitarios en medios de comunicación del Estado y los recursos económicos asignarse de forma equitativa para todos los partidos o agrupaciones políticas en aplicación al fortalecimiento público que consiste en subvenciones indirectas con recursos del Tesoro General de la Nación (TGN), destinadas a los partidos políticos y alianzas para impulsar su participación electoral y vida orgánica, además de garantizar el ejercicio del voto informado en elecciones generales, implica el acceso de las organizaciones políticas y alianzas a propaganda gratuita en televisión, radio y medios de prensa escrita de alcance nacional y el acceso a programas de formación y capacitación en años no electorales.

La propaganda electoral en medios de comunicación se realiza durante 30 días y hasta 72 horas antes de la jornada de votación. La distribución económica y asignación de propaganda debería ser igualitaria, de esa forma se aplicaría correctamente el Art. 8 Num. II de la Constitución Política del Estado en concordancia con la Ley 026 art. Artículo 2. (PRINCIPIOS DE LA DEMOCRACIA INTERCULTURAL).inc. e) que dice Igualdad. Todas las bolivianas y los bolivianos, de manera individual y colectiva, y sin ninguna forma de discriminación, gozan de los mismos derechos políticos consagrados en la Constitución Política del Estado y las Leyes.

En campañas electorales todas las agrupaciones políticas pueden visitar y acceder a cualquier territorio o región del país y no pueden prohibirles o negarles el acceso a estos lugares en aplicación a los Artículos 9, Núm. 2 y 21 Numerales 3, 4, y 5 de la Constitución Política del Estado.

El debate entre candidatos debe establecerse como un requisito obligatorio en todo proceso eleccionario porque constituye una confrontación y comparación de programas de gobierno en espacios públicos, sesiones, reuniones, asambleas y medios de comunicación social, en razón de que es la forma de conocer con amplitud a los candidatos y su manera de pensar, actuar y proceder frente a diversos problemas que afronta el país, sensiblemente es otro vacío que no se encuentra establecido en las Leyes 018, 026 y 1096 del ?rgano, Régimen electoral y organizaciones políticas respectivamente.

En aplicación del Artículo 253 de la ley 026, misiones de Organización de Estados Americanos (OEA), la Unión Europea, UNASUR y delegaciones de organismo electorales de diversos países entre otras visitan el país en calidad de Observadores Electorales con el propósito de contribuir a la transparencia de la administración y gestión de los procesos electorales, sin embargo, las observaciones o recomendaciones no tiene ningún efecto jurídico de acuerdo al Art. 254 del mismo ordenamiento electoral, razón por lo que desmerecen su importancia y jerarquía lo que se debería estudiar.

Para tus amigos: