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Domingo 22 de septiembre de 2019

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Oruro - Regional

Sanciones económicas por arrojar basura se pueden cambiar por trabajo comunitario

22 sep 2019

Fuente: LA PATRIA

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En días recientes, la Empresa Municipal de Aseo Oruro (EMAO) publicó algunas imágenes mostrando un infractor del reglamento de residuos sólidos que efectuaba el barrido de calles, lo que derivó a que el gerente de la empresa, Milton Granadino, aclare que la norma permite que la sanción leve por primera vez sea cambiada por trabajo comunitario social.

Explicó que en el caso específico del infractor, se detectó que cometió una falta leve, por primera vez, siendo la multa económica determinada en el reglamento de 530 bolivianos, pero ante la solicitud del ciudadano de acogerse a otro tipo de sanción debido a la imposibilidad de pagar, se dictaminó que se aplique una sanción de trabajo comunitario social, apoyando al personal de barrido.

Granadino mencionó que según el artículo 59 del reglamento General de Residuos Sólidos, existe la contemplación de aplicar una sanción de trabajo comunitario por el plazo de 8 horas durante tres días, siempre y cuando el infractor no sea reincidente y no haya cometido una infracción superior a una leve, por tanto la posibilidad de no efectuar el pago, solo se puede realizar una vez.

Granadino mencionó que según el artículo 59 del reglamento General de Residuos Sólidos, existe la contemplación de aplicar una sanción de trabajo comunitario por el plazo de 8 horas durante tres días, siempre y cuando el infractor no sea reincidente y no haya cometido una infracción superior a una leve, por tanto la posibilidad de no efectuar el pago, solo se puede realizar una vez.

"En este caso se determinó aplicar un trabajo comunitario de barrido en varias calles de la ciudad, pero también puede determinarse que sea en la misma zona donde cometió la falta, con el fin de que sea un ejemplo y genere sensibilidad en el resto de la población y se vaya fortaleciendo la cultura del adecuado tratamiento de la basura, es loable que los infractores reconozcan su error pero de cometerlo nuevamente no habrá consideraciones a las multas económicas establecidas", mencionó el gerente de EMAO.

Manifestó además que una vez que se detecta al infractor, existe un plazo de 72 horas, para que el ciudadano que cometió la falta, realice su descargo o defensa ante la empresa de aseo, lo que es analizado por el equipo jurídico y de no existir una justificación totalmente sustentada, se procede a hacer cumplir la sanción.

Fuente: LA PATRIA
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