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Domingo 15 de septiembre de 2019

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Oruro - Regional

Prohibición para la venta de alcohol en día lunes no contempla a fiestas privadas

15 sep 2019

Fuente: LA PATRIA

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El Decreto Municipal 114 que reemplaza al 071 referido a la venta y consumo de bebidas alcohólicas y la regulación de locales y negocios que se dedican a esta actividad, se encuentra en plena vigencia, pero no contempla a las fiestas y actividades particulares en las que se consume bebidas.

El jefe de la Unidad de Defensa al Consumidor, capitán Rolando Silva, explicó que existe cierta confusión en la población, puesto que se efectuaron algunas observaciones en torno a que se estaban desarrollando el reciente lunes actividades como fiestas patronales o matrimonios, que en algunos sectores de la ciudad acostumbran a extenderse desde el fin de semana hasta los lunes, pero que estas, al ser actividades sociales con carácter particular pueden desarrollarse con normalidad y son ajenas a las restricciones de la norma.

Según el artículo 4 del reglamento que refiere al ámbito de aplicación, se indica "la presente disposición reglamentaria es de aplicación y cumplimiento obligatorio para toda persona individual o colectiva, natural o jurídica que expenda, elabore, comercialice, publicite y/o consuma bebidas alcohólicas en vías o espacios públicos y establecimientos autorizados en la jurisdicción del Municipio de Oruro", por tanto no contemplaría actividades que se realizan en salones de fiestas de carácter privado.

Según el artículo 4 del reglamento que refiere al ámbito de aplicación, se indica "la presente disposición reglamentaria es de aplicación y cumplimiento obligatorio para toda persona individual o colectiva, natural o jurídica que expenda, elabore, comercialice, publicite y/o consuma bebidas alcohólicas en vías o espacios públicos y establecimientos autorizados en la jurisdicción del Municipio de Oruro", por tanto no contemplaría actividades que se realizan en salones de fiestas de carácter privado.

Según Silva, una fiesta privada o particular, tiene un anfitrión e invitados cercanos al primero, que en el caso de recibir bebidas alcohólicas, no lo hacen bajo un intercambio monetario, es decir que no se les vende bebidas, por tanto no tiene carácter comercial, como ocurre en locales y otros negocios, siendo esta la razón por la que no se puede sancionar a quienes tienen fiestas los lunes.

La autoridad señaló que si bien las fiestas patronales, matrimonios y privadas están exentas de la prohibición del lunes, esto no implica que no deban cumplir los requisitos que establecen las normas municipales, con el fin de garantizar la seguridad de sus invitados y evitar que se generen excesos o altercados alterando el orden público.

AVANCES

La pasada jornada el personal de la Guardia Municipal salió a controlar los negocios para evitar que se extiendan más allá del horario permitido, encontrando todos los negocios cerrados a las 03:00 horas, lo que muestra que el avance de hora ya no se constituye como la principal falencia.

Fuente: LA PATRIA
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